La ordenanza reguladora de los caminos rurales y el trabajo de vigilancia y control del Servicio Municipal de Agricultura y Policía Local garantizan la conservación de nuestros caminos rurales.
El Ayuntamiento de Yecla cuenta desde 2011 con una Ordenanza Municipal que regula el uso y las medidas de conservación para la red de caminos rurales de nuestro término municipal.
Entre esas medidas se encuentra el control del tonelaje de los vehículos que circulan por ellos.
En los últimos días, el Servicio Municipal de Agricultura y la Policía Local han aplicado una treintena de sanciones a una empresa agrícola que incumplía la Ordenanza Municipal.
De igual manera, se ha controlado el tonelaje de más de 10 camiones, hasta que los infractores han regularizado su actividad y se ha restituido el cumplimiento de la Ordenanza Municipal, garantizando la conservación de la red de caminos rurales.
Se han tomado medidas para minimizar las molestias a los vecinos, indicando un itinerario alternativo de los camiones y aplicando una fianza para garantizar la reparación de los posibles daños que esta actividad pudiera ocasionar en los caminos de nuestro término municipal. Y además, se ha informado a la Guardia Civil para que realice controles de velocidad.
En la actualidad la ordenanza municipal establece, como norma general, la prohibición de circular por los caminos rurales todo tipo de vehículos que sobrepasen las 16 toneladas de peso. Por lo que, quien tenga la necesidad de circular por los caminos rurales con un vehículo de mayor peso, deberá contar con la autorización municipal expresa donde se establezcan las condiciones de acceso.
No obstante, dado que en los últimos años se ha producido una modernización de la maquinaria agrícola, contando nuestros agricultores con un mayor número de vehículos que podrían sobrepasar ese tonelaje, pudiendo con ello complicar las tareas agrícolas de recolección de grano o la propia vendimia, entre otras. Desde el Servicio de Agricultura se está estudiando una posible revisión, de algún punto de esta ordenanza, que permita evitar, en la medida de lo posible, las molestias a otros vecinos o usuarios de los caminos rurales, garantizar su conservación y facilite las labores agrícolas de nuestros agricultores, principales usuarios y destinatarios de la red de caminos rurales.